tonysanchez
04/06/2015, 08:27
Esta muy bien la letra pequeña... es el recurso de los caraduras.
La realidad meridiana, es que se trata de un servicio no prestado y por tanto, no creo que se legal en la CEE aplicar el cobro de un servicio no efectuado. Al margen de la legalidad, es cuando menos, poco etico e incluso amoral.
En cuanto a las particularidades del caso, como pueden ser miles de ellas, el cliente desestimo por la premura de la renovacion la transferencia, con lo que renovo en el otro registrador.
Esto supone,
1. El fallo de la trasnferencia pues de acuerdo a las normas del ICANN el dominio ya no puede trasladarse hasta pasados X dias.
2. El servicio pagao a OVH no se ha llevado a termino, y por tanto no es exigible su pago, y si es exigible su reembolso.
En fin, ya llevo con estos caraduras 10 años, y lo que me queda. Pero ahora tengo claro porque nunca lo cogi como registrador.
La realidad meridiana, es que se trata de un servicio no prestado y por tanto, no creo que se legal en la CEE aplicar el cobro de un servicio no efectuado. Al margen de la legalidad, es cuando menos, poco etico e incluso amoral.
En cuanto a las particularidades del caso, como pueden ser miles de ellas, el cliente desestimo por la premura de la renovacion la transferencia, con lo que renovo en el otro registrador.
Esto supone,
1. El fallo de la trasnferencia pues de acuerdo a las normas del ICANN el dominio ya no puede trasladarse hasta pasados X dias.
2. El servicio pagao a OVH no se ha llevado a termino, y por tanto no es exigible su pago, y si es exigible su reembolso.
En fin, ya llevo con estos caraduras 10 años, y lo que me queda. Pero ahora tengo claro porque nunca lo cogi como registrador.